La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha tomado una decisión significativa en el caso de Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como ‘Simón Trinidad’. La Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de este organismo ha otorgado la amnistía al exlíder de las FARC por el delito de rebelión, relacionado con los eventos ocurridos en 2002 en Bojayá, Chocó.

Esta resolución se basa en el cumplimiento de los requisitos necesarios para recibir este beneficio jurídico. La SAI determinó que las acciones de Palmera Pineda se ajustan a los criterios temporales, personales y materiales contemplados en el Acuerdo Final de Paz.

El proceso contra ‘Simón Trinidad’ se originó a raíz de los enfrentamientos entre las FARC y las Autodefensas en Vigía del Fuerte, Antioquia, y Bellavista, Chocó. Durante estos eventos, una pipeta de gas explotó en una iglesia donde se refugiaban civiles, incidente por el cual la Fiscalía acusó a Trinidad en 2005.

La decisión de la JEP resuelve parcialmente el proceso iniciado por la justicia ordinaria. Sin embargo, es importante señalar que la amnistía concedida se limita al delito de rebelión, sin abordar otros cargos pendientes contra el exguerrillero.

La notificación de esta resolución se realizará a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, dado que Palmera Pineda se encuentra recluido en la prisión de Florence, Colorado, Estados Unidos. Además, se notificará a su abogado defensor, Diego Alejandro Martínez Castillo.

Como parte del proceso, ‘Simón Trinidad’ deberá suscribir el régimen de condicionalidad y el formato de aportes de verdad de la JEP. Se advierte que el incumplimiento de este requisito podría llevar a la revocación de la amnistía concedida, dependiendo de la gravedad de la infracción.

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